Competencia leal

"Estamos a favor de competencia comercial leal de parte de todos los jugadores, dentro del marco de la ley de competencia."

Estatuto de Desempeño y Responsabilidad de Michelin (2002), Implementar nuestros valores, ejercer nuestras responsabilidades

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Definición

El principio de competencia leal gobierna el comportamiento de la empresa respecto a su entorno (clientes, proveedores y competidores).

La competencia leal contribuye al cumplimiento de intereses colectivos: promover mejores precios y servicios para los clientes, y fomentando innovación.

La competencia leal es un principio reconocido en muchos países. Las autoridades garantizan que sea respetado mediante un sistema regulatorio y legislativo.

 

Competencia desleal puede exponer al Grupo o sus empleados a penalidades graves: multas altas, demandas por compensación, daños a la reputación, o incluso sentencias penales. Estas sanciones se están propagando internacionalmente y se vuelto más severas.

Principios Rectores

El Grupo promueve el respeto a sus empleados, clientes y, en general, su entorno. La competencia leal es una de las aplicaciones prácticas de estos principios.

Para garantizar que un empleado se apegue a las reglas de competencia, Michelin ha implementado un programa de cumplimiento. Este sistema incluye principios y planes de acción que incluyen capacitación común para la mayoría de la población expuesta (ventas y mercadotecnia). Estos empleados están sujetos a monitoreo permanente, en particular de parte del Departamento Legal.

El Grupo asegura la efectividad del principio de competencia leal al excluir:

  • Todos los acuerdos, discusiones e intercambios de información con nuestros competidores sobre información comercial sensible;
  • Cualquier condición abusiva con respecto a sus clientes y proveedores;
  • Todas las acciones que puedan distorsionar el libre juego de la competencia;

El respeto a la competencia leal es responsabilidad de todos. Cada empleado ser ejemplar en sus interacciones con interlocutores externos.

Qué hacer

  • Adoptar comportamiento respetuosos y leales hacia nuestros clientes y proveedores.
  • Excluir todo contacto con nuestros competidores (aparte de discusiones dentro de un marco estructurado como asociaciones profesionales y proyectos de adquisición).
  • Respeto a las obligaciones confidenciales.
  • Adoptar comportamientos hacia nuestros clientes que sean adaptados a la posición del Grupo en el mercado (un precio alto en el mercado conlleva un impacto mayor en la responsabilidad de Michelin).
  • Excluir cualquier medida punitiva (sanción o boicot) en caso de negociaciones comerciales no satisfactorias.

Qué no hacer

  • Establecer precios o intercambio información sensible con sus competidores.
  • Compartir mercados (productos, servicios y territorio) con sus competidores.
  • Imponer precios de reventa a los clientes.
  • Participar en manipulación de licitaciones.
  • Facilitar un acuerdo o discusión de precios entre clientes (por ejemplo, distribuidores).

Caso práctico 1

Un cliente distribuidor (A) quiere discutir el nivel de precio en el mercado de unas llantas de coche de pasajeros. A se queda de la agresiva política de fijación de precios de un competidor distribuidor (B) que también es cliente de Michelin. A te pide intervenir con B para que eleve sus precios, para asegurar mayores ganancias. ¿Es aceptable este tipo de propuesta?

No. Si aceptas la propuesta (pedirle a B que incremente sus precios), el Grupo estaría incumpliendo porque sería considerado "facilitador" de un acuerdo de cártel (fijar de manera conjunta el valor de venta). Entonces, debes de explicarle al distribuidor que no puedes interferir en la política de fijación de precios de los clientes, que son libres de establecer sus propios costos.

Caso práctico 2

Debes representar a Michelin en una asociación profesional y participar en reuniones sobre temas de interés general para la industria. Estas reuniones son supervisadas, y nunca compartes temas comerciales sensibles (precio, volumen, costos, etc.). Un miembro de la asociación de una empresa competidora te invita por un trago con otros miembros/competidores. Quiere conocerte mejor porque hacen el mismo trabajo y tienen intereses comunes. ¿Deberías aceptar?

No. Debes rechazar la propuesta para prevenir cualquier diálogo, aunque informal, con competidores. Si la conversación termina en un acuerdo comercial, la simple participación en este tipo de reunión puede llevarte a una sanción (incluyendo multas) de parte de las autoridades.

¿A quién contactar?

  • El Departamento Legal
  • El Gerente Antimonopolio del Grupo