Trabajo infantil

En Michelin nos oponemos a cualquier forma de trabajo infantil que pueda poner en riesgo la salud, la integridad o la escolarización de los/as menores, o que resulte contraria a los convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

Nuestro compromiso es proteger a los/as menores, favorecer su desarrollo físico y psicológico, y excluir de nuestras actividades —y de las de nuestros proveedores— cualquier forma de trabajo que contravenga estos principios.

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Definición

El concepto de “trabajo infantil” incluye todas las actividades que priven a los/as menores de su infancia, perjudiquen su escolaridad, salud y desarrollo físico y mental. Se considera que esto ocurre cuando se trata de trabajos:

  • peligrosos para la salud, el desarrollo físico, social o mental de los/as menores;
  • que comprometan su educación o les prive de escolarización;
  • que les obligue a combinar actividades escolares y profesionales excesivamente largas y duras para ellos/as.

La OIT establece la edad mínima para trabajar en 15 años y en 18 para cualquier forma de trabajo peligroso.

En cualquier caso, el trabajo, aunque sea puntual, no debe impedir la escolarización del o de la menor ni ser nocivo para su salud y su desarrollo. Con esta condición, la OIT considera aceptables algunos trabajos ligeros a partir de 13 años. Por último, un/a menor no debe interrumpir su escolarización antes de la edad obligatoria en el país correspondiente.

Principios de actuación

Directrices para el personal que trabaja en los centros de Michelin

  • Los menores de 18 años no trabajarán en los centros del Grupo;
  • Puede haber excepciones entre los 15 y 18 años si el periodo de trabajo está enmarcado en un programa de prácticas, no sustituye a la escolarización y no perjudica al desarrollo ni a la salud de la persona (ningún trabajo pesado).

Principios de actuación de Michelin para los proveedores

  • Los Principios de Compras que se adjuntan a los contratos exigen a los proveedores el cumplimiento las siguientes normas: prohibición de que los menores de 18 años realicen trabajos peligrosos y prohibición general del trabajo de menores de 15 años. Puede haber excepciones según la naturaleza de la actividad, siempre que las prácticas se ajusten a los Convenios 138 y 182 de la OIT, así como a la normativa nacional vigente, garantizando en cualquier caso que el trabajo no substituya a la escolarización y no perjudique el desarrollo y la salud de la persona.
  • El Grupo ha desarrollado una estrategia específica en el caso del caucho natural, para localizar el riesgo de trabajo infantil en su cadena de suministro, implementar medidas y hacer un seguimiento en las zonas de mayor riesgo.
  • Asimismo, el Grupo evalúa los riesgos relacionados con los derechos humanos –como el trabajo infantil– en su red de proveedores, especialmente en países y categorías de compras de mayor riesgo. Los proveedores cuyas prácticas materia de RSE no se ajusten a los estándares de Michelin deben adoptar planes de medidas correctivas.

Qué debo hacer

  • Comparar la normativa nacional con los principios y directrices de la empresa en materia de edad mínima para trabajar, y aplicar siempre la más estricta.
  • Comprobar los documentos de identidad de los/as empleados/as para garantizar que tengan como mínimo 18 años.
  • Reforzar la vigilancia en los países donde el trabajo de menores sea frecuente, también entre los proveedores.

Qué no debo hacer

  • Autorizar el trabajo infantil en un país, aunque se considere una práctica normal en ese país.
  • Cerrar los ojos ante situaciones de trabajo infantil cuando esta práctica la realice un proveedor o socio (pero no en Michelin).

Caso práctico 1

Te han nombrado responsable de un taller en una fábrica. Algunos/as empleados/as te parecen muy jóvenes. Después de comprobar sus documentos de identidad, resulta que uno tiene 16 años y desempeña un trabajo pesado.

¿Qué debes hacer?

Aunque la legislación del país en cuestión permita trabajar a partir de los 16 años, las normas de la empresa exigen que cualquier persona menor de 18 años cuente con un contrato específico autorizado (por ejemplo, de prácticas). Debes asegurarte de que dicho/a empleado/a está contratado/a como estudiante de prácticas, de que el puesto no sustituye su escolarización y de que las tareas asignadas no perjudican su salud (no deben tratarse de trabajos pesados).

Caso práctico 2

Eres director/a de una Región que incluye un país en desarrollo. Una ONG se pone en contacto con Michelin para denunciar que hay menores trabajando en una plantación de caucho que suministra al Grupo de forma indirecta. Tras una investigación, compruebas que se trata de adolescentes que ayudan ocasionalmente a sus padres en las plantaciones. ¿Debes informar de ello igualmente?

. Debes informar del caso al departamento de Compras, que será el encargado de valorar las medidas que deben adoptarse (por ejemplo, establecer un plan de actuación con la plantación o poner fin al contrato). También puedes presentar una alerta a través de la Línea Ética.

¿A quién contactar?

  • Corresponsal local o central de Desarrollo y Movilidad Sostenibles
  • Servicio de Personal
  • Dirección de Compras local o central