Lucha contra la corrupción

"Sea cual sea el país donde operamos, nos oponemos frontalmente a toda forma de corrupción con cualquier instancia, sea esta pública o privada. Nos oponemos a toda remuneración en favor de un tercero que no corresponda a un servicio real, por un importe justificado y debidamente registrado en nuestras cuentas...”

Declaración Resultado y Responsabilidad Michelin (2002), Poner en práctica nuestros valores, ejercer nuestras responsabilidades.

El Grupo quiere preservar y desarrollar su reputación de honestidad e integridad. La corrupción y el tráfico de influencias destruyen la confianza en una organización. Sin esta confianza, los valores fundamentales del Grupo no son respetados.

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Ámbito de aplicación

Como empresa cuya matriz cotiza en la Bolsa de París (Francia), las actividades del Grupo en todo el mundo están sujetas a la legislación francesa en materia de corrupción y tráfico de influencias y, especialmente, a la obligación de adoptar determinadas medidas de lucha contra la corrupción.

Este Código es aplicable a las actividades de Michelin en Francia y en todos los países donde esté establecida. El derecho local vigente en cada país donde realizamos actividades puede ser más estricto que este Código. En ese caso, las leyes anticorrupción del país prevalecerán en el mismo.

Cada empleado es responsable, junto con la función Jurídica, de entender bien el alcance de tales excepciones.

Definiciones

Corrupción pública designa el hecho de ofrecer un regalo o un beneficio de cualquier tipo a un funcionario público para sí mismo o para un tercero, directa o indirectamente con el objeto de que realice o se abstenga de realizar un acto que le compete. Esta práctica ilegal es un acto de corrupción activa.

La aceptación o petición por parte de un funcionario público de dicha propuesta u oferta es un acto de corrupción pasiva.

 

Corrupción privada designa el hecho de ofrecer un regalo o un beneficio de cualquier tipo a alguien que trabaja en el sector privado para sí mismo o para un tercero, directa o indirectamente con el objeto de que realice o se abstenga de realizar un acto que le compete. Esta práctica ilegal es un acto de corrupción activa.

La aceptación o petición por parte de una persona que trabaja en el sector privado de dicha propuesta u oferta es un acto de corrupción pasiva.

 

El tráfico de influencias activo designa el hecho de proponer, directa o indirectamente, a una entidad pública o privada con influencia (real o supuesta) una dádiva o un beneficio de cualquier tipo a cambio de que ejerza su influencia para obtener de una autoridad o administración pública una decisión favorable (prerrogativa, trabajos, mercados).

La aceptación o petición por parte de una entidad pública o privada de dicha propuesta u oferta es un acto de tráfico de influencias pasivo.

Principios de actuación

El Grupo tiene una política de tolerancia cero con la corrupción y el tráfico de influencias, con independencia del tipo de corrupción o tráfico de influencias que se cometa, ya sea público o privado, activo o pasivo, directo o indirecto. Cualquier acto o intento de acto de corrupción o tráfico de influencias podría exponer (a) al empleado a sanciones disciplinarias, (b) al empleado y al Grupo a multas y/o acciones judiciales –incluso penales– y podría dañar la reputación e integridad del Grupo.

Michelin es contrario al soborno (dinero u obsequios entregados ilegalmente) o cualquier otro pago ilícito, directamente o a través de un intermediario, a funcionarios, miembros del gobierno o cualquier otro agente público, así como a cualquier particular o entidad de derecho privado, sea del tipo que sea.

Ningún empleado será sancionado por las consecuencias que pueda tener negarse a que Michelin entregue un soborno.

 

Terceros que actúen en nombre de Michelin

Hay que ser prudentes cuando se recurra a terceros que representen o actúen por cuenta de una Entidad del Grupo, como representantes, intermediarios, consultores externos, o un cliente que actúe en esa calidad.

Los contratos formalizados con terceros que actúen en nombre o representación de Michelin, o con personas en contacto con los organismos de la administración o el gobierno en nombre de Michelin, deben hacerse por escrito y contener cláusulas anticorrupción. La duración de estos contratos debe ser limitada, para que así el riesgo de corrupción pueda reevaluarse con frecuencia, y que el contrato pueda someterse a licitación de manera regular.

La remuneración por sus servicios debe:

  • Corresponder a importes razonables, proporcionados a la tarea asignadas, identificables y comparables a los estándares del mercado.
  • Contabilizarse correctamente, entregarse como contrapartida a los servicios realmente prestados y conformes a las prácticas de Michelin en materia de gastos autorizados y a sus reglas contables.

Hay que consultar a la función jurídica las remuneraciones admisibles de conformidad con las prácticas anticorrupción del Grupo y la legislación aplicable.

Qué debo hacer

 

  • Rechazar cualquier petición u oferta de soborno o de pago ilícito. Denunciarlo inmediatamente a la función jurídica y en la Línea ética.
  • Atenerme a la política de obsequios e invitaciones aplicable.
  • Seguir la formación obligatoria sobre anticorrupción.

Qué no debo hacer

Personalmente o a través de un tercero

  • Dar o recibir, ofrecer o solicitar sobornos o pagos ilícitos, ni ceder a este tipo de peticiones u ofrecimientos.
  • Ofrecer un obsequio o un beneficio a un agente, ya sea público o privado, por cuenta propia a fin de:
    • influir en una decisión administrativa o profesional;
    • obtener o conservar mercados, asociaciones comerciales;
    • conseguir cualquier beneficio para el Grupo.
  • Proponer o ceder a una petición de ofertas, promesas, dádivas, regalos o beneficios de cualquier tipo a una persona para que esta abuse de su influencia real o supuesta ante un agente público.

Caso práctico 1

Usted es representante de ventas. Un cliente le contacta para negociar el reembolso de un producto en garantía (reembolso por reclamaciones en garantías no resueltas). El cliente le dice que está dispuesto a compartir con usted los beneficios de este reembolso "como de costumbre, según lo habitual con su predecesor". ¿Está autorizada esta práctica?

No. En primer lugar, debe rechazar la oferta con educación. A continuación, debe ponerse en contacto con la función jurídica o denunciar la situación a través de la Línea ética. De tal manera que se investigue el caso actual y los anteriores.

Caso práctico 2

En una reunión con el representante de un organismo público cliente en un país conocido por su riesgo de corrupción, el representante del cliente exige una gratificación para "garantizar la renovación del contrato de venta". Usted responde que no le está permitido acceder a una petición de ese tipo. Su interlocutor se enfada y le amenaza. ¿Hay que ceder a la petición?

No. Al principio intenta apaciguarle para garantizar que no derive en un problema de seguridad. No se ponga en peligro. Después debe denunciar la situación a su superior jerárquico o a la función jurídica. Denuncia el hecho en la Línea ética.

Se recomienda que asistan siempre dos representantes del Grupo a cualquier reunión organizada con autoridades locales.

Caso práctico 3

Como comprador, usted es responsable de las licitaciones. Un posible proveedor le ofrece sus servicios a título personal a cambio de que le adjudique el mercado. ¿Puede aceptarlo?

No. Rechaza la oferta con educación. Informa inmediatamente a la función jurídica. Denuncia el hecho en la Línea ética.

Caso práctico 4

Usted es representante de ventas. Un antiguo funcionario del gobierno del país se pone en contacto con usted y le ofrece sus servicios "para garantizar que Michelin gane" una licitación que acaba de anunciarse. Se trata de un importante contrato que supondría un auténtico triunfo para el Grupo y que le aseguraría conseguir sus objetivos personales de crecimiento en ese sector. ¿Qué debe hacer?

Negarse a reunirse con el funcionario y ponerse inmediatamente en contacto con su mánager y la función jurídica. El hecho de que el antiguo funcionario pretenda garantizar la selección de Michelin para el contrato es un "red flag" (factor agravante del riesgo) que podría indicar que el funcionario abusará de su influencia entre sus antiguos colegas. Denuncia el hecho de un posible ofrecimiento de tráfico de influencias en la Línea ética.

¿A quién contactar?

  • La función jurídica
  • El Comité de ética del país